Sociedad
El Defensor advierte de que no se pueden pedir por sistema certificados médicos de menores
Burguillos (Sevilla)
El Defensor del Pueblo Andaluz ha emitido una resolución en la que advierte a los servicios sociales del Ayuntamiento de Burguillos (Sevilla) que sólo podrá pedir certificados médicos de menores para comprobar si son ciertas las causas aducidas en casos de un absentismo escolar continuo.
La resolución estudiaba un problema debatido en la Comisión Municipal de Absentismo Escolar de Burguillos, relacionado con la justificación documental de las faltas de asistencia a clase de los alumnos por motivos de salud.
La queja venía referida a la decisión adoptada por la sección de pediatría de la Unidad de Gestión Clínica (UGC) de Alcalá del Río de no facilitar a los padres justificantes médicos de la asistencia a consulta de sus hijos, como tampoco del alta médica que traería como consecuencia la obligación de los alumnos de reincorporarse a las actividades docentes.
En el debate celebrado en la Comisión Municipal de Absentismo sobre esta cuestión los representantes de la Administración educativa plantearon que esta decisión dificulta la detección de casos de absentismo escolar, ya que dichos justificantes disuaden a los padres de ocultar los verdaderos motivos de la falta de asistencia a clase, argumentando motivos de salud no reales.
Desde la dirección del centro de salud se informó al Defensor que se pudo constatar que a comienzos de 2015, algunos padres utilizaban los servicios sanitarios para justificar el absentismo escolar de sus hijos, «sin que la causa fuese en realidad por enfermedad», por lo que decidieron plantear el caso a la trabajadora social, que entregó a la dirección de los centros escolares de su ámbito de actuación un escrito en el que planteaba esta problemática.
Sin embargo, la oficinal del Defensor entiende que no se considera razonable que se exija de forma generalizada a todo el alumnado la aportación de justificantes médicos de la falta de asistencia a clase por motivos de salud, «los cuales sólo deberían solicitarse para aquellos casos en que existiera algún indicio o sospecha de que la justificación aportada por los padres o tutores no responde a la realidad».
La resolución refleja que «la Administración sanitaria y la educativa han de ser especialmente rigurosas en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales respecto del tratamiento y cesión de los datos médicos contenidos en tales documentos».
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