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Sociedad

Un policía de Arahal cobrará el plus de turnos extras aunque estaba de vacaciones

Estar de vacaciones no implica no cobrar la «turnicidad» para un policía. Es lo que ha decidido el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ha considerado que un policía nacional residente en Arahal tiene derecho a cobrar esos turnos por el tiempo en el que estuvo disfrutando del periodo de vacaciones correspondiente a ejercicios no prescritos.

Así, condenan a la Administración central al abono de las cantidades reclamadas más los intereses legales desde la reclamación en vía administrativa.

La sentencia

publi duqueLa sentencia la ha emitido la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, tras presentar el policía  un recurso contra los acuerdos de la Dirección General de la Policía Nacional. En 2018, esta entidad desestimó su petición de abono del complemento de turnicidad por el tiempo en el que estuvo disfrutando de vacaciones. Serían complementos a ejercicios no prescritos.

La Dirección General de la Policía Nacional argumentó entonces que para la percepción del complemento era precisa la realización efectiva de turnos rotatorios. Era algo imposible de justificar durante las vacaciones.

Recurso estimado

Una vez escuchada a las partes, el Supremo estimó el recurso contencioso administrativo del agente. Anuló las resoluciones de la Dirección General de la Policía y reconoce el derecho del agente a percibir los conceptos reclamados correspondiente al tiempo de vacaciones anuales en periodos no prescritos.

Por ello, condena a la Administración al abono de las cantidades reclamadas más los intereses generados.

Periodista corresponsal de la Agencia EFE, El Correo de Andalucía, eldiario.es... entre otros medios. Cubre principalmente Huelva y Sevilla en varios medios radiofónicos y prensa digital.

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