Sucesos
Recurren multa que les obliga a pagar 3.000 euros por coger un cono del suelo
Tomares (Sevilla)
Dos jóvenes de 20 y 22 años de edad vecinos de Tomares (Sevilla) han presentado un recurso de nulidad contra una multa del Ayuntamiento de la localidad, que le sanciona con 3.000 euros a cada uno por haber movido, presuntamente, de su posición inicial unos conos de balizamiento de calles.
El abogado de los jóvenes Fernando Jiménez , ha dicho que el juicio por este caso se acaba de celebrar en el juzgado de lo contencioso administrativo de Sevilla, en el que ambos han reclamado la nulidad de la multa, mediante un contencioso administrativo que defiende que los jóvenes no movieron los conos de control de tráfico, sino que los apartaron para poder sacar su coche del aparcamiento, y no jugaron con ellos como afirmaron los policías locales que les denunciaron.
La sanción fue dirigida inicialmente contra cuatro jóvenes, de los que uno pagó la multa de forma voluntaria, el segundo presentó un recurso que fue denegado, y ahora se ha celebrado el juicio de los dos últimos, por unos hechos que se remontan al 4 de septiembre de 2016 a las 5:20 horas.
Los jóvenes, según su relato, volvían al estacionamiento de su coche desde el recinto ferial de Tomares, y cuando llegaron a la zona donde se encontraba estacionado su coche, cogieron del suelo unos conos reflectantes que habían sido colocados para regular el tráfico en la avenida Alcalde Ricardo Fernández Cuello, cerca del acceso a la localidad desde la autopista A-49.
Cuando llevaban los conos en la mano se encontraron con una pareja de la Policía Local, que les dio el alto desde unos 50 metros de distancia, para proceder a identificarlos.
Los jóvenes presentaron alegaciones sosteniendo que, entre otras cosas, no les entregaron las copias de las denuncias, sino que directamente recibieron la resolución de las multas, que recoge que habrían infringido el artículo 142 del Reglamento General de Circulación, que establece multas de 3.000 euros para quienes «retiren o deterioren la señalización permanente u ocasional».
Por este motivo se les impuso una sanción debido a una «infracción grave», de la que podían pagar el 50 por ciento para saldarla, lo que hizo uno de ellos, mientras que otro reclamó cambiar la pena económica por servicios a la comunidad, sin que recibiese respuesta a esa petición.
El recurso que ha sido visto en tribunales pide la nulidad de la sanción, lo que ha sido rechazado por la defensa del Ayuntamiento, representado por los servicios jurídicos de la Diputación de Sevilla, y ahora se está a la espera del veredicto del juez. EFE
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