Sociedad
Prohíben a una familia visitar una tumba mientras se comprueba si el fallecido tenía un hijo secreto
Sevilla
Un juez sevillano ha dictado un auto por el que prohíbe a una familia acercarse a la tumba de un pariente, en tanto se tramita un procedimiento para determinar la paternidad que reclama un presunto hijo del difunto.
Éste pidió una medida cautelar para que la parte contraria se abstenga temporalmente «de llevar a cabo una conducta tendente al acercamiento al lugar donde está inhumado o enterrado su presunto progenitor, en aras a evitar la incineración del cadáver», un hombre que habría acumulado durante su vida una importante cantidad de dinero.
El cuerpo está enterrado en el cementerio de Sevilla, y se quiere evitar «una posible actuación en ese sentido por cualquier persona, mientras dure el proceso o, a menos, hasta tanto le sean extraídas al cadáver las correspondientes muestras orgánicas para llevar a cabo la prueba de ADN que esta parte tiene interesada, asegurando de esta forma la práctica de la misma»
El Juzgado entiende que concurren los presupuestos exigidos legalmente para la adopción de tal medida, ya que la procedencia de la misma se justifica por el hecho de que, «de no adoptarse la medida solicitada y, de contrario, se procediera a la incineración del cadáver, se malograría la práctica de la prueba biológica, de absoluta trascendencia en este tipo de procesos».
El presunto hijo ha presentado con su demanda el principio de prueba exigido legalmente para poder admitir a trámite la misma, lo que supone, «un indicio favorable al fundamento de la pretensión (medida cautelar), aportando, entre otras cosas, una partida de nacimiento en la que se hace constar al margen el nombre del padre a efectos identificativos o un documento firmado por una persona que manifiesta conocer de forma directa los hechos que se relatan en la demanda, en concreto la relación de noviazgo por el fallecido y la madre del demandante.
El Juzgado también ha tenido en cuenta la testifical de esa señora así como de otra persona de más de 80 años que trabajó para la familia en la época en que nació el presunto hijo, además de fotografías en las que se aprecia el parecido con el fallecido.
El Juzgado no ha exigido fianza o caución suficiente para responder por los daños y perjuicios que la adopción de la medida cautelar pudiera causar al patrimonio de la demandada, dado que la prohibición de incineración no produce ningún tipo de perjuicio o daño a la demandada.
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