Sucesos
Los afectados por el descarrilamiento seguirán adelante a pesar del archivo de la vía penal
Los afectados por el descarrilamiento de un tren en Arahal (Sevilla) el pasado 29 de noviembre, sobre cuyo caso ha sido decretado el sobreseimiento por el juzgado de Marchena, estudian ahora si recurrirán este primer auto o bien acudirán a la vía contencioso-administrativa para seguir con el proceso.
El abogado sevillano Fernando Osuna, que representa a parte de los afectados, ha dicho que la idea de su bufete es «emprender la vía contencioso-administrativa», además de señalar que entendía desde el primer momento que «la vía penal era difícil para obtener resultados en este caso».
Según ha consultado esta redacción con otros de los afectados, el auto será estudiado hoy para decidir si se recurre o se acude a la vía civil.
En todo caso, los afectados entienden que el proceso debe seguir adelante, con detalles que se conocerán en los próximos días, pero con la idea de continuar reclamando compensaciones por el daño sufrido.
El caso ha sido archivado inicialmente por la titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Marchena (Sevilla), en un auto emitido el pasado 2 de octubre, que entiende que «no ha quedado acreditada ni siquiera indiciariamente una negligencia de carácter penal que fuera susceptible apreciar la comisión de un delito».
Entre los informes, la juez ha destacado los aportados por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), así como se ha estudiado el recorrido del convoy, especificando que el maquinista habría cumplido con todas las instrucciones precisas en el recorrido.
Así, señala que el maquinista cumplió con las ordenes de parar en Arahal, aunque no tenía parada fijada, para recoger un boletín de órdenes, y que en tramos de una limitación de 30 kilómetros por ahora los llegó a pasar a 21.
Sobre el lugar donde se produjo el accidente, cita que unos 200 metros antes observó que faltaba parte del balastro de la vía, con lo que decidió «frenar con urgencia a la máxima presión de freno posible».
«La máquina no podía frenar automáticamente en seco y por eso el declarante pisó el freno», cita la jueza, que entiende que no hay responsabilidad penal en este caso, que archiva «sin perjuicio de la responsabilidad civil a que hubiere lugar».
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