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La nueva Comisión Local de Patrimonio Histórico reducirá al menos en 5 meses el tiempo de espera para una licencia de obras en viviendas del centro de Arahal
C. GONZÁLEZ
El Ayuntamiento de Arahal ha creado recientemente la Comisión Local de Patrimonio Histórico. La primera ventaja de este organismo es que reducirá el tiempo de espera para una licencia de obras de 6 meses a unos 15 días.
Localidades vecinas como Utrera, Carmona o Écija ya cuentan con este tipo de comisiones contempladas en los artículos 30.4 y 40 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía. Este artículo explica que las entidades locales pueden hacerse con estas competencias urbanísticas siempre y cuando tengan aprobado un documento que regule estas licencias, en el caso de Arahal es el PEPCHA (Plan de Protección del Conjunto Histórico de Arahal).
En el pleno celebrado el último día del pasado mes de marzo, se ratificó definitivamente la puesta en marcha de dicha comisión que está presidida por el alcalde de Arahal, Miguel Ángel Márquez, y formada por un asesor jurídico municipal que hace las funciones de secretario, un arqueólogo, historiador, arquitecto y un representante del Grupo Municipal de IU y del PSOE.
Su constitución, en la que se empezó a trabajar después del verano, ha salido publicada en el BOJA del 13 de enero de 2016. Según la orden, la Consejería de Cultura delega al Ayuntamiento “la competencia para autorizar obras y actuaciones que desarrollen el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Arahal”. La administración local lo había solicitado el 26 de mayo de 2015.
Reunión cada 15 días
La Comisión Local de Patrimonio Histórico se reunirá cada 15 días para estudiar las licencias de obras de edificios que están dentro del PEPCHA, aprobado definitivamente en pleno el 23 de septiembre de 2015 en pleno.
El informe del PEPCHA es favorable y se considera, por parte de la administración regional, como un Instrumento de Planeamiento con regulación suficiente en orden a delegar las competencias previstas en artículo 40.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, al mismo tiempo que la composición de la Comisión técnica municipal se ajusta a lo previsto en el artículo 40.3 de la misma norma.
Más concretamente, el artículo 40.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, establece: «Aprobados definitivamente los planes a que se refiere el artículo 30, los municipios interesados podrán solicitar la delegación de la competencia para autorizar directamente las obras y actuaciones que desarrollen o ejecuten el planeamiento urbanístico aprobado y que afecten únicamente a inmuebles que no sean Monumentos, Jardines Históricos o Zonas Arqueológicas ni estén comprendidos en su entorno o en el ámbito territorial vinculado a una actividad de interés etnológico».
Seguirán pasando por la Comisión de Patrimonio de la Consejería de Cultura aquellas licencias de obras que supongan demolición reguladas por el artículos 38 de esta ley. Las autorizaciones o licencias concedidas deberán ser comunicadas en el plazo máximo de diez días desde su otorgamiento a la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Sevilla.
Las licencias en viviendas que están en el ensanche de la localidad se otorgan por la comisión municipal de Urbanismo.
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