Diputación
La Diputación de Sevilla pagó todas sus facturas en agosto en menos de 11 días
El período medio de pago a proveedores (PMP) del mes de agosto, en la gestión de su deuda comercial, por parte de la Diputación de Sevilla ha sido de 10,91 días en un total de facturación que asciende a más de 2 millones de euros. Este concepto, introducido por la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, Ley 2/2012, está marcado en un máximo de 30 días.
Así, la institución provincial ha conseguido reducir el plazo de pago a un tercio de lo fijado por la norma vigente en el citado mes de agosto, fijando además el PMP global, es decir, el que incluye a todos sus entidades dependientes, en 10,60 días. Ambos plazos son los mínimos conseguidos hasta ahora en este ejercicio 2020.
Valoración
El presidente de la Diputación de Sevilla, Fernando Rodríguez Villalobos, ha valorado en positivo este dato. Señala que es ‘la consecuencia y el fruto de la acertada política económico-financiera de la Institución Provincial, lo que nos sitúa a la cabeza de otras administraciones públicas’.
‘Son uno datos además -ha comentado Villalobos- muy relevantes para el sostén del tejido empresarial, pues la situación económica en estos momentos aconseja la máxima celeridad en el pago de los servicios prestados, para evitar al máximo el coste financiero de esos servicios por parte de las empresas, sobre todo para la pequeña y mediana empresa’.
Pago medio
El dato de pago medio de la deuda en agosto es además el mínimo conseguido en todo 2020, seguido por el plazo del mes de julio cifrado en 11,49 días, para una facturación de 1,3 millones, mes éste último con un PMP global de 11,26 días.
La diputada de Hacienda, Regla Martínez, ha expresado por su parte el reconocimiento a la plantilla laboral. Y es que ‘el capital humano de esta institución que hace posible el alcanzar estos indicadores. Realizan la aplicación de la manera más eficaz y eficiente de las directrices marcadas para la consecución de los mismos’.
Proveedores
El RD 1040/2017, de 22 de diciembre, modifica el RD 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del período medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas, con el fin de luchar contra la morosidad en las operaciones comerciales.
El PMP global a proveedores comprende el período medio de pago de todas las entidades. A ellas se refiere la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Se aplica a la entidad local y a todos los organismos y entes públicos dependientes que produzcan bienes o presten servicios. La condición es que no se financien mayoritariamente con ingresos comerciales.
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