Carmona
El TSJA anula la ocupación de una vía pecuaria en Carmona tras la denuncia de ecologistas
Estiman dos recursos de Ecologistas en Acción por falta de justificación y se invalida la política de la Administración regional que favorece el interés particular de «grande terratenientes» frente al interés general
El TSJA ha confirmado en apelación la sentencia del juzgado de lo contencioso número 14 de Sevilla, que anuló la autorización de ocupación que otorgó la Junta de Andalucía de la vía pecuaria Vereda del Término en Carmona.
La sentencia da la razón a Ecologistas en Acción en un expediente de ocupación temporal por 10 años prorrogables de 6.315 metros cuadrados de la vía pecuaria Vereda del Término en Carmona, con destino a cultivos de olivar en regadío, de la finca colindante La Algabarra. Esta es propiedad de Aceites y explotaciones Cortijo Aparicio, S.L. Tiene 179 hectáreas (1.790.000 metros cuadrados).
Conservación de vías pecuarias
La magistrada estima que «el interés particular para obtener el aprovechamiento de los suelos de la vía pecuaria debe decaer, ante el interés general que establece un deber prioritario de conservación de las vías pecuarias. Y, por consiguiente, el carácter restrictivo que necesariamente deben tener esas ocupaciones, salvo justificación de la excepcionalidad».
La sentencia confirma que la autorización no estaba justificada porque estas autorizaciones deben ser excepcionales. Prevaleciendo el deber de conservar la vía pecuaria, y el cultivo no es una razón excepcional.
Para los ecologista, de aceptarse este tipo de ocupaciones, se estaría poniendo en «grave riesgo el dominio público vía pecuario, ya muy amenazado por ocupaciones ilegales de los propietarios colindantes y otras amenazas».
Vías pecuarias: enorme recurso ambiental
La vías pecuarias constituyen un enorme recurso económico, ambiental y cultural. Por ejemplo, son corredores ecológicos muy necesarios para paliar la alarmante pérdida de biodiversidad. Y luchar contra el cambio climático como sumidero de carbono.
La Sentencia, que puede ser recurrida en casación, se suma a otra de enero de 2020. Es referente a otra autorización de una ocupación en otro tramo de la misma vía pecuaria también en el término de Carmona, para el mismo fin. En aquel caso el TSJA apreció el mismo motivo, la ausencia de la preceptiva excepcionalidad.
Ecologista en Acción considera que la conservación de las vías pecuarias en Andalucía «es muy deficiente. Y no existe voluntad política para mejorarla, siendo los actos anulados por las referidas sentencias un ejemplo de ello».
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