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Sociedad

Denunciado el Puro Latino por discriminar a personas con movilidad reducida

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Crossover Music 2023, la empresa promotora del Puro Latino Fest, por cobrar por el reacceso al recinto y por impedir el acceso con comida y bebida del exterior al espectáculo, lo que supone un incumplimiento en la normativa andaluza sobre el derecho de admisión, y de la normativa estatal que sí permite el acceso con comidas y bebidas del exterior.

El festival se celebra del 29 de junio al 1 de julio en Sevilla y en Madrid, el 14 de julio en Cádiz, los días 21 y 22 de julio en Torremolinos, y del 3 al 5 de agosto en El Puerto de Santa María. Para el caso de los eventos en Andalucía, FACUA ha advertido que las condiciones vulneran la normativa andaluza sobre el derecho de admisión, además de la legislación estatal.

En las condiciones generales que aparecen en la página web del Puro Latino Fest, la promotora incluye, entre otras cuestiones que «queda terminantemente prohibida la entrada al recinto del festival de cualquier tipo de comida o bebida, pudiendo los asistentes ser registrados tal como se expresa en el apartado 9», y añaden que «el incumplimiento de este punto supone la expulsión inmediata del recinto». La asociación ha corroborado que en las condiciones de Crossover Music 2023 no hay ningún «apartado 9» que les habilite a nada o justifique esa medida.

Infracciones graves

En el escrito de denuncia elevado el 22 de junio a la autoridad competente, la asociación ha subrayado que Crossover Music 2023 es reincidente al incluir en los eventos que organiza limitaciones en el derecho de admisión de los asistentes en relación con el acceso al recinto con comida y bebida, en contra de los intereses de los consumidores y usuarios.

Ya en otras ediciones la asociación ha denunciado ante las autoridades competentes las infracciones, sin que la organización disuada esta práctica incumplidora.

El Puro Latino Fest se celebra los días 29 y 30 de junio, y el 1 de julio, en la ciudad de Sevilla. La asociación ha advertido que, en caso de no rectificar, la empresa podría incurrir en una infracción grave conforme al artículo 20 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, que regula las infracciones graves.

En el apartado 9 del artículo 20 de dicha normativa se describe, entre las infracciones graves, «la utilización de las condiciones de admisión de forma discriminatoria, arbitraria o con infracción de las disposiciones que lo regulan, por parte de los titulares o empleados de los establecimientos destinados a espectáculos públicos o actividades recreativas”.

Normativa andaluza de Espectáculos Públicos

FACUA ha recordado el derecho que asiste a los asistentes de introducir comidas y bebidas del exterior, y ha advertido que esta prohibición para el acceso al recinto no es necesaria para la correcta consecución de la actividad comercializada.

El artículo 7 del reglamento de admisión de personas en los establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado por Decreto 10/2003, de 28 de enero, y modificado por Decreto 211/2018, dispone que los establecimientos de hostelería y ocio y esparcimiento pueden solicitar al ayuntamiento una autorización para impedir el acceso de personas que porten comidas y bebidas para ser consumidas en el interior, pero FACUA defiende que no es el caso del festival Puro Latino, que se celebra en un auditorio y que no puede acogerse a esa condición de admisión conforme al Decreto 155/2018.

La asociación hace un llamamiento para que los asistentes al Puro Latino Fest que puedan verse afectados por estas limitaciones en el derecho de admisión a un espectáculo acudan a FACUA con el objetivo de informarles y valorar las acciones que puedan emprenderse para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.

Cobrar por el reacceso

En el apartado 1.6 de las condiciones que ha impuesto la organización de Puro Latino Fest se recoge que «para poder salir y entrar del recinto de la zona general (ya sea entrada de día o abono) es necesario adquirir el derecho de reacceso que se podrá adquirir por el precio de 15€ al llegar al recinto en la propia taquilla o en cualquier punto de cashless o recarga del interior del recinto».

La asociación ha manifestado su preocupación por la aplicación de este sobrecoste al precio de la entrada u abono, con fines meramente recaudatorios, lo que podría suponer una cláusula abusiva según la normativa de protección de los consumidores.

FACUA entiende que se produce un claro desequilibrio entre las partes, por lo que supone una práctica abusiva conforme al artículo 82.1 del Real Decreto legislativo 1/2007. «Todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato»,indica la legislación.

Otras partes del articulado que estaría incumpliendo la organización del Puro Latino Fest por el cobro de reacceso son los artículos 71.4 y 71.6 de la normativa aludida, que establece entre las infracciones «cobrar o intentar cobrar a los consumidores precios superiores a los anunciados, expuestos, o a los autorizados o impuestos por la Administración o comunicados a esta».

Discriminación a personas con movilidad reducida

Por último, FACUA ha advertido que los promotores del Puro Latino Fest no ofrecen información accesible sobre precios en la web para la adquisición de entradas para personas con movilidad reducida. Se limitan a derivar a estos usuarios a una dirección de correo electrónico, sin especificar tanto el precio como la ubicación, cuestión que vulnera el artículo 4 de la Ley 4/2017 de Derechos de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, que define la discriminación indirecta.

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