Sociedad
Fijan para 2030 un juicio para que un trabajador sevillano tenga una pensión de incapacidad laboral
La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Sevilla, Plaza número 8, ha fijado para el año 2030 el juicio para determinar la incapacidad laboral permanente de un vecino de Sevilla, que tendrá que esperar, de esta forma, cuatro años como mínimo para tener una resolución que legalice su situación, periodo en el que no podrá acceder a una pensión hasta que se pronuncie el juez.
La abogada Sara Almada Gavela, del bufete Boutique Legal, que representa al trabajador ha explicado que el juzgado admitió a trámite la demanda sobre incapacidad permanente presentada por su defendido ante la Tesorería General de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de la Seguridad Social, al darse las circunstancias personales y de salud que le impiden desarrollar su trabajo con normalidad.
El pasado 30 de julio, el juzgado recibió el escrito de demanda presentado por la letrada dos días antes, en el que se explican los detalles que hacen que sea imposible mantener su actividad laboral, por lo que el juez, «tratándose de un proceso frente a Administraciones Públicas y en materia de Seguridad Social”, procedió a reclamar de las Entidades Gestoras la remisión de los respectivos expedientes originales del caso en un máximo de diez días.
Tras estudiar la documentación, el juzgado ha fijado la fecha definitiva para la celebración del juicio, que se celebrará el 11 de septiembre de 2030 a las 11.00 en la sala de vistas número 12 de los jugados del edificio Noga de Sevilla.
El escrito del juzgado informa además de que las partes tendrán que concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, “que tratándose de documental deberá estar adecuadamente presentada, ordenada y numerada”, y avisa, además, a “la parte demandante que si no comparece ni alega justa causa que motive la suspensión, se le tendrá por desistido de su demanda”, mientras que la posible incomparecencia dentro de cuatro años de la otra parte “no impedirá su celebración, salvo causas justificadas”.
Un caso que pone en evidencia la situación de saturación que sufren los juzgados, dado que la persona afectada estará cuatro años en un limbo laboral, sin capacidad para desarrollar su puesto de trabajo ni para poder tener una pensión compensatoria.
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