Sociedad
Un policía de Arahal cobrará el plus de turnos extras aunque estaba de vacaciones
Estar de vacaciones no implica no cobrar la «turnicidad» para un policía. Es lo que ha decidido el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ha considerado que un policía nacional residente en Arahal tiene derecho a cobrar esos turnos por el tiempo en el que estuvo disfrutando del periodo de vacaciones correspondiente a ejercicios no prescritos.
Así, condenan a la Administración central al abono de las cantidades reclamadas más los intereses legales desde la reclamación en vía administrativa.
La sentencia

La Dirección General de la Policía Nacional argumentó entonces que para la percepción del complemento era precisa la realización efectiva de turnos rotatorios. Era algo imposible de justificar durante las vacaciones.
Recurso estimado
Una vez escuchada a las partes, el Supremo estimó el recurso contencioso administrativo del agente. Anuló las resoluciones de la Dirección General de la Policía y reconoce el derecho del agente a percibir los conceptos reclamados correspondiente al tiempo de vacaciones anuales en periodos no prescritos.
Por ello, condena a la Administración al abono de las cantidades reclamadas más los intereses generados.
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