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Sociedad

Un juez declara ilegal que los festivales de música impidan el acceso con comida y bebida del exterior

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Tras la demanda de FACUA-Consumidores en Acción, el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Valencia ha confirmado la abusividad y ha declarado nulas las cláusulas que impuso el festival Madrid Salvaje y que impedían la entrada en el recinto con comida y bebida adquirida en el exterior e imponían el cobro de tres euros de gastos de gestión a aquellos usuarios que quisieran recuperar el dinero no consumido de las pulseras cashless.

Se trata de la primera resolución judicial conseguida por FACUA que determina la abusividad de este tipo de cláusulas, a la vez que prohíbe a la empresa a reiterar en estas prácticas.

La sentencia

El juez Vicente Sanchís ha estimado parcialmente la demanda que interpuso la asociación al confirmar los argumentos dados por FACUA, que consideraba que ambas cláusulas podían considerarse abusivas. La promotora del evento, Madrid Salvaje AIE, ha sido condenada a cesar en la aplicación de estas cláusulas, prohibiéndole que pueda volver a imponerlas en el futuro.

En referencia al cobro por la devolución del dinero de las pulseras cashless, el juez señala que que no se ha acreditado que «se está prestando un servicio que merezca dicho precio». «Lo cual no ha sucedido, debiendo por ello considerarse abusivo y, por tanto nula, tal condición general de la contratación», confirma.

Por otro lado, el juez señala que «no puede olvidarse que la actividad esencial del evento es meramente musical», de manera que la prestación de servicios de restauración es «accesoria o complementaria». Sin embargo, debido a la propia naturaleza del evento, es «harto difícil que no se consuma comida y bebida en un tramo horario tan amplio» y obligarles a salir del recinto para consumir alimentos no adquiridos en su interior «supondría, al margen de la correspondiente incomodidad, la pérdida de parte del espectáculo».

«Puede concluirse», continúa la sentencia, «que de prohibirse la entrada o comida del exterior, de hecho, se está obligando a consumir en los establecimientos del interior del recinto», lo que supone que se esté imponiendo a los asistentes un «servicio complementario o accesorio al esencial y que no ha sido solicitado».

En consecuencia, el juez también ha declarado la abusividad y la nulidad de la prohibición de entrada con comida y bebida del exterior.

Multa de 96.000 euros

FACUA recuerda que Madrid Salvaje AIE ya había sido multada anteriormente por la Comunidad de Madrid por incluir cláusulas abusivas en otro de los festivales que organiza: el Brava Madrid.

En este caso, la imposición de la pulsera cashless como único método de pago dentro del recinto y el cobro de tres euros de «gastos de gestión» a aquellos usuarios que querían recuperar el dinero que no hubieran consumido.

La sanción, que asciende a 96.000 euros, fue también impuesta como consecuencia de una denuncia de la asociación contra la edición de 2023 de este evento.

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