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Sucesos

Se entrega el informe pericial del teléfono del asesino de Marta del Castillo

Antonio del Castillo, padre de Marta del Castillo, la joven por cuyo asesinato fue condenado Miguel Carcaño a 21 años y tres meses de cárcel, ha manifestado este pasado martes en la red social X, antes Twitter, que el Juzgado de Instrucción número cuatro de Sevilla ha recibido finalmente el informe pericial informático encargado sobre los datos crudos del teléfono móvil del autor del crimen, toda vez que la familia había lamentado previamente que este estudio no haya abarcado a los teléfonos móviles del resto de personas relacionadas con el asunto, ya juzgadas por el mismo.

«Hoy se ha entregado el informe del perito, quien ha estado analizando los teléfonos móviles. Sacando de ellos posicionamientos, mensajes y todo lo que se ha podido, a pesar de los inconvenientes que ha puesto el juez de instrucción», ha difundido Antonio del Castillo en la red social X Antonio del Castillo.

Se trata de un informe pericial encargado a una empresa especializada sobre los «datos crudos» del teléfono móvil de Carcaño, un estudio que habría detectado posiciones del autor del crimen hasta ahora no incluidas en la investigación del caso, según el responsable de la confección de dicho informe.

Meses atrás, la familia de Marta del Castillo lamentaba que por mor del juzgado, dicho estudio se centraba en «un único teléfono», el de Carcaño, rememorando que tiempo atrás, el juez instructor del caso se «retractó» de su decisión inicial de que esta prueba pericial incluyese los móviles del hermano de Carcaño, Francisco Javier Delgado; de la novia de este, María García Mendaro; del amigo de Carcaño Samuel Benítez y de Francisco Javier García, alias «El Cuco».

No es posible «revisar» lo juzgado

A la hora de ordenar en abril de 2021 esta prueba pericial, recordémoslo, el juez instructor Álvaro Martín precisaba en su auto emitido al respecto que el objeto de esta causa es «la comprobación, si ello fuese posible, del lugar en el que se encuentra el cuerpo de la víctima, única razón del mantenimiento de la presente pieza, sin que a través de ella pueda alcanzarse a una revisión de lo ya enjuiciado, ni a la ampliación de la instrucción».

 

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