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Sociedad

Los vecinos morosos no podrán acceder a las piscinas comunitarias

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Las comunidades de propietarios en la provincia de Sevilla están adoptando medidas contundentes frente a la morosidad. Entre ellas, destaca una práctica en auge: la limitación o prohibición del uso de la piscina comunitaria a aquellos vecinos que mantienen deudas con la comunidad.

El Colegio de Administradores de Fincas de Sevilla constata un incremento significativo de consultas relacionadas con esta cuestión, especialmente coincidiendo con la temporada de verano, cuando el uso de este tipo de instalaciones se intensifica. Ocho de cada diez comunidades consultan al Colegio sobre cómo limitar el uso de zonas comunes a vecinos morosos. “La piscina se ha convertido en un elemento especialmente sensible y, al mismo tiempo, en una herramienta disuasoria frente al impago”, señala la presidenta de la institución colegial, Mariló García Bernal.

Se estima que la provincia de Sevilla cuenta con entre 40.000 y 70.000 piscinas comunitarias, lo que da una idea de la magnitud de este tipo de instalaciones en el parque residencial y de su relevancia en la gestión cotidiana de las comunidades de propietarios, especialmente durante los meses de verano.

Desde el Colegio recuerdan que la Ley de Propiedad Horizontal establece la obligación de todos los propietarios de contribuir a los gastos comunes para el adecuado sostenimiento del inmueble, servicios, cargas y responsabilidades. En este marco, la jurisprudencia avala que, mediante acuerdo adoptado en junta de propietarios, se puedan establecer limitaciones en el uso de servicios o instalaciones no esenciales —como piscinas, pistas deportivas o gimnasios— para aquellos vecinos que se encuentren en situación de morosidad.

Asimismo, el Colegio subraya que estas restricciones no pueden adoptarse de forma arbitraria ni individual, sino que deben ser aprobadas por la comunidad conforme a los requisitos legales y con las debidas garantías. De ahí la importancia de contar con el asesoramiento de un administrador de fincas colegiado, que garantice la correcta aplicación de la normativa y evite posibles conflictos o impugnaciones judiciales.

Esta tendencia no se limita únicamente al uso de piscinas. Cada vez es más frecuente que las comunidades extiendan estas limitaciones a otras instalaciones de carácter lúdico o deportivo, como gimnasios, pistas de pádel o zonas recreativas, reforzando así la presión frente al impago. Se trata, en todo caso, de servicios considerados accesorios, cuyo disfrute puede ser condicionado al cumplimiento de las obligaciones económicas con la comunidad.

Asimismo, los Administradores de Fincas Colegiados destacan que la morosidad sigue siendo uno de los principales problemas de las comunidades de propietarios, afectando directamente al mantenimiento de los servicios comunes y a la convivencia vecinal.

El Colegio de Administradores de Fincas de Sevilla insiste en la necesidad de fomentar la cultura del cumplimiento y de adoptar medidas proporcionadas y ajustadas a derecho. En este contexto, el papel del administrador de fincas colegiado resulta clave tanto en la prevención como en la gestión de estas situaciones, aportando seguridad jurídica y soluciones eficaces para la comunidad.

Periodista corresponsal de la Agencia EFE, El Correo de Andalucía, eldiario.es... entre otros medios. Cubre principalmente Huelva y Sevilla en varios medios radiofónicos y prensa digital.

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