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Sucesos

La investigación sobre la desaparición de José Bismarck Jarquín, paralizada y sin visos de seguir

La familia está inmersa en una larga búsqueda que hace que muchas veces agoten sus recursos emocionales cayendo en una situación de alerta constante frente a los nuevos datos que se puedan conocer por parte de los investigadores.

Pero cuando, día tras día, mes tras mes, dicha búsqueda es infructuosa, es sencillo caer en el desconsuelo y por qué no, en la desesperanza en la actuación policial y judicial.

El Letrado que representa a la familia, Jose Antonio Sires (SIRES ABOGADOS) cuestiona con «impotencia» que a un mes de que se cumpla un año de la desaparición de José Bismarck Jarquín Martínez – 20 de mayo de 2.023- las pesquisas policiales se encuentren paradas desde hace mes tanto por la falta de información fundamental que aporte algún dato para localizar y conocer la situación así como el estado de la persona desaparecida.

A ello se le suma, si cabe, que por parte del Juzgado de Instrucción nº 3 de Sevilla no se ha desplegado la más mínima actividad de investigación, no habiéndose practicado ninguna diligencia de investigación, sirviéndose solo de las practicadas en sede policial.

Como se evidenciaba claramente de los datos que rodean a esta “desaparición forzada”, la actividad del Juzgado de instrucción haría palmaria la existencia de indicios racionales de criminalidad y respecto de los hechos recogidos la denuncia de la desaparición que pudieran dar lugar a delitos graves, si descartarse el secuestro o la muerte del desaparecido.

Para el Letrado, lo sorprendente precisamente es que, tras 11 de meses de investigación abierta, no se haga mención alguna a cuantas diligencias de investigación se han practicado que, a nuestro modesto entender, imponían el paso a la siguiente fase del procedimiento penal. En todo procedimiento penal, el juez de instrucción tiene la facultad, en lo fundamental, de la búsqueda de indicios sobre la realidad del hecho investigado, su eventual carácter delictivo y la identificación de posibles sujetos responsables, todo ello al amparo de los artículos 299 y 777.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Aquí queremos poner de relieve que, nuestros representados se están viendo desprovistos del más elemental derecho a tutela judicial efectiva.

En un reciente escrito dirigido por el abogado de la familia al juez que conoce la causa, se solicita la reapertura de las diligencias de investigación que aún siguen en el ensombrecido lugar en que se abandonaron injustificadamente por la inacción del Juzgado que abandonó todo interés en la investigación de los hechos denunciados.

No puede consentirse que un vicio de semejante magnitud permita, dejar en un limbo jurídico unos delitos tan graves denunciados.

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