Provincia
La FAMP pide al Gobierno libertad para invertir el superávit de los ayuntamientos
Sevilla
El presidente de la Federación Andaluza de Municipios y de la Diputación Provincial de Sevilla, Fernando Rodríguez Villalobos, ha reclamado que los ayuntamientos tengan libertad a la hora de aplicar el superávit de presupuestos municipales, tras el acuerdo alcanzado en ese sentido con el Gobierno central.
En una carta remitida al secretario de estado de Hacienda, José Enrique Fernández de Moya, Rodríguez Villalobos expresa las peticiones de los ayuntamientos andaluces en ese sentido, pudiendo «cobertura legal para poder destinar a inversiones financieramente sostenibles el superávit que se genere en la liquidación de 2017», así como medidas para mejorar el destino de las citadas inversiones.
De esta modo, reclama que permitan la puesta en marcha de programas «que incentiven el empleo en nuestros municipios, siempre que éstos no consoliden gastos estructurales; la ampliación de aquellos programas de competencia municipal y/o provincial, como el servicio de prevención y extinción de incendios, limpieza viaria o cementerios y servicios funerarios».
De esta forma, reclaman que puedan incluirse inversiones destinadas a educación, cultura y deporte, «así como obra nueva por sustitución de alguna ya existente de titularidad municipal, como casas consistoriales o de la cultura» o la adquisición de mobiliario, vehículos y enseres vinculados a competencias municipales/provinciales».
En un segundo bloque de peticiones, «pide que las entidades locales que liquiden sus presupuestos por debajo del límite de gasto computable máximo permitido para un ejercicio en concreto, generando por ende un mayor superávit del exigido, no deben ser perjudicadas por ello», por lo que reclaman que el crecimiento autorizado desde el Gobierno «se calcule a partir del gasto computable máximo del ejercicio anterior, si éste no ha sido incumplido, puesto que si se parte de los importes liquidados y éste ha sido menor como consecuencia de un problema de gestión, se reduce la capacidad de gasto sin responder a una disminución de su gasto estructural».
Por último, pide que se incorporen ajustes en el cálculo de la regla de gasto, como «el menor gasto computable de aquellos gastos que se deriven del cumplimiento de exigencias normativas, tales como incremento salarial de los trabajadores públicos en los importes aprobados en la Ley de Presupuestos Generales, incrementos de gastos derivados de la aplicación de la nueva normativa en materia de notificaciones aplicados a los servicios de recaudación o un menor gasto computable por las aportaciones de las entidades locales en concepto de cofinanciación a proyectos mayoritariamente subvencionados por otras administraciones públicas».
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