Sociedad
En marcha una campaña especial contra el exceso de velocidad en las carreteras sevillanas
La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en Sevilla desarrolla esta primera semana de agosto, desde el lunes 3 al domingo 9, una campaña especial de vigilancia de la velocidad en las carreteras de la provincia. El año pasado controló a más de 33.000 conductores y 1.815 fueron sancionados.
El subdelegado del Gobierno de España en Sevilla, Francisco Toscano, ha destacado la especial importancia que en estas fechas tiene una conducción responsable. “Durante las vacaciones, el tráfico aumenta hacia los destinos turísticos y se mantiene una actitud más relajada, pero un despiste o el exceso de confianza y velocidad pueden convertir el verano en una tragedia”.
Los controles de la primera semana de agosto de 2025 se realizaron tanto en carreteras convencionales como en autopistas y autovías, con una incidencia superior en estas últimas, en donde se realizaron el 52,7% de las inspecciones.
Aun así, fueron 1.271 los conductores denunciados en vías ordinarias frente a 544 en las autovías. Ninguno fue acusado de un delito contra la seguridad vial que, según el Código Penal, se produce cuando se excede en más de 80 kilómetros el límite de velocidad.
El subdelegado del Gobierno de España en Sevilla ha pedido prudencia al volante. “Como indica la Dirección General de Tráfico, está demostrado que circular a alta velocidad no sólo aumenta el riesgo de un accidente sino que se reduce la capacidad para reaccionar para evitar un siniestro, y las consecuencias son más graves”.
“El exceso de velocidad o una velocidad inadecuada están directamente relacionados con un 20% de los accidentes con víctimas. Y cuando el siniestro se produce, no es lo mismo circular a 50 kilómetros por hora que hacerlo a más de 100. Un choque a 120 equivale a caer desde un piso 14 y un atropello a esa velocidad implica con casi toda seguridad la muerte del peatón”, ha indicado Francisco Toscano.
El Reglamento General de Circulación establece que, para turismos y motocicletas, la velocidad máxima que no debe ser rebasada es 90 kilómetros por hora en vías convencionales y 120 en autopista o autovía.
Del mismo modo, circular en la autopista o autovía a una velocidad anormalmente reducida supone un riesgo y se debe abandonar esa vía por la primera salida disponible. El reglamento señala que está prohibido conducir en autopistas y autovías por debajo de 60 kilómetros por hora.
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