Sucesos
El Supremo eleva a 15 años de prisión la pena a los cinco miembros de La Manada
El Supremo eleva a 15 años de prisión la pena a los cinco miembros de La Manada. Lo ha hecho por unanimidad.
Encuadra los hechos ocurridos en los Sanfermines de 2016 en un delito continuado de violación y no en un abuso sexual con prevalimiento, como hicieron dos tribunales anteriores.
Hechos probados
A la vista de los hechos probados, el Supremo considera incorrecta la calificación jurídica de las anteriores sentencias porque el relato describe un «auténtico escenario intimidatorio, en el que la víctima en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por los acusados».
El alto tribunal ha adelantado el fallo de una sentencia que se hará pública próximamente y será firme, en la que modifican la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Navarra -que ratificó la anterior- y elevan la condena a José Ángel Prenda, Jesús Escudero, Alfonso Jesús Cabezuelo, Antonio Manuel Guerrero y Ángel Boza.
[arasur]
Considera la Sala que concurren además las circunstancias agravantes de trato vejatoria a la víctima, de 18 años, y actuación conjunta de dos o más personas.
En el caso de Guerrero, le condena a 2 años más por un delito de robo con intimidación al quedarse con el móvil de la joven tras la agresión, unos hechos por los que sin embargo fue condenado anteriormente a una multa por hurto.
Además de la pena de cárcel, el Supremo les impone la prohibición de acercarse a la víctima durante 20 años a una distancia inferior a los 500 metros así como la prohibición de comunicarse por cualquier medio con ella, y eleva a 100.000 euros la indemnización conjunta y solidaria a la joven.
Sin olvidar los 8 años de libertad vigilada que la Sala les impone una vez cumplan la pena de cárcel.
El fallo supone el inminente ingreso en prisión de los cinco acusados -en libertad provisional desde junio de 2018-, una cuestión que deberá ejecutar la Audiencia de Navarra por ser el tribunal sentenciador, que les deberá citar próximamente para comunicarles su encarcelamiento.
La decisión del Supremo -cuya sentencia será firme- supone la primera vez que un tribunal da la razón a la víctima y al resto de acusaciones al considerar que sufrió una violación el 7 de julio de 2016 en Pamplona.
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