Sociedad
Denuncian a la promotora del Mallorca Live Festival por impedir acceder con comida y bebida del exterior
FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado ante el Gobierno de las Islas Baleares a la mercantil Mallorca Music Brand SL, promotora del Mallorca Live Festival celebrado entre los días 13 y 15 de junio, por limitar el acceso con comida y bebida del exterior, por no aceptar pagos en efectivo y por quedarse con parte del dinero sobrante de las pulseras cashless.
En el apartado de Preguntas frecuentes de la página web del festival queda recogido que sólo se permite la entrada con botellas de agua sin tapón de hasta 50cl. y comida para intolerancias alimentarias. Asimismo, la promotora impuso como único método de pago válido durante el festival el uso de pulseras cashless.
No sólo se le impuso al consumidor la utilización de un sistema de pago concreto dentro del recinto, sino que además se estableció un importe mínimo de un euro para recuperar el dinero sobrante. Es más, al realizar la operación se cobraba al usuario 0,50 euros en concepto de “gastos de gestión”, pudiendo solicitar dicho reembolso únicamente entre el 18 de junio y el 1 de julio de 2024.
Qué dice la ley
FACUA advierte de que la actividad principal de la promotora del Mallorca Live Festival no es la hostelería sino un evento musical, por lo que la limitación de acceder con comidas y bebidas constituye una cláusula abusiva según se recoge en el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias: “se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato”.
La asociación recuerda que la organización está obligada a aceptar el pago en efectivo. Por tanto, esta restricción a los asistentes al evento pudo vulnerar la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro, que en su artículo 3 establece que desde el 1 de enero de 1999, inclusive, la moneda del sistema monetario nacional es el euro, tal y como esta moneda se define en el Reglamento (CE) 974/98, del Consejo, de 3 de mayo.
Otras sanciones
También el Código Civil en su artículo 1.170 establece que el pago de las deudas de dinero deberá hacerse en la especie pactada, y no siendo posible entregar la especie, “en la moneda de plata u oro” que tenga curso legal en España. La asociación recuerda que el abono en efectivo es un método de pago legal y que estas restricciones tienen un impacto negativo para los consumidores.
Las cláusulas del Mallorca Live Festival denunciadas por FACUA serían abusivas, ya que suponen un perjuicio en el consumidor. Además, el hecho de imponer un importe mínimo para solicitar el reembolso del dinero de la pulsera es una práctica no consentida, que atenta a la buena fe y que supone un flagrante desequilibrio contractual. Si el consumidor no actúa en el indicado plazo, la empresa obtendría un enriquecimiento injusto al apropiarse de una cantidad íntegra de un servicio que finalmente no se presta.
Por todo ello, la asociación ha pedido al Servicio de Actividades del Gobierno de las Islas Baleares que abra un expediente sancionador contra la mercantil Mallorca Music Brand SL por vulnerar la normativa vigente en materia de defensa de derechos de los consumidores y usuarios.
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