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Cancelación de vuelos a Oriente Medio

Tras la escalada de tensión de hace unas semanas en Oriente Medio tras el ataque de Irán a Israel, fueron muchas las aerolíneas europeas y del resto del mundo que decidieron suspender sus operaciones en la zona por evidentes razones de seguridad. Como consecuencia, las compañías se vieron obligadas a cancelar sus vuelos, al menos temporalmente.

Teniendo en cuenta que se trata de un destino no comunitario, es decir, fuera de la Unión Europea, es posible que los pasajeros afectados se pregunten cuáles son sus derechos para reclamar la indemnización por vuelo cancelado en este caso. La respuesta, sin embargo, no es tan sencilla, pues son varios factores los que deben tenerse en cuenta. Por eso se recomienda, en caso de duda, informarse con AirHelp y su personal experto en derechos del pasajero aéreo.

Vuelos cancelados con destino a Israel y Jordania

Iberia, Air Europa y Vueling son tres de las aerolíneas europeas que decidieron interrumpir sus operaciones en Oriente Medio, especialmente en los aeropuertos de Israel y Jordania, después de que los vuelos a la región ya hubieran disminuido considerablemente en los últimos seis meses.

Tras el ataque iraní del pasado sábado, 13 de abril, el ejército israelí, responsable del control aéreo del país, volvió a abrir el espacio aéreo y poco a poco los vuelos fueron reprogramados, si bien es cierto que muchas aerolíneas se vieron reacias a ello.

Así, solo algunas compañías aéreas operan en estos momentos en los principales aeropuertos de la zona. Iberia Express y Air Europa vuelven a contar con vuelos con el aeropuerto de Te Aviv como destino, y Vueling de nuevo ofrece vuelos al aeropuerto de Amán, en Jordania.

 

Los derechos de los pasajeros aéreos

Los derechos de los pasajeros aéreos afectados por una de estas cancelaciones son, desafortunadamente, más bien escasos.

La ley encargada de regular estos derechos es el Reglamento (CE) 261. Esta normativa europea establece, como se lee en la web AirHelp, empresa de expertos que apoyan a los viajeros aéreos, qué condiciones deben darse para que los pasajeros afectados por un vuelo cancelado puedan reclamar una indemnización a la compañía aérea.

Así, el reglamento establece lo siguiente en cuanto a los vuelos cancelados:

  • En primer lugar, para que el vuelo pueda regirse por la ley europea, este debe tener su origen en un aeropuerto comunitario o bien de los territorios adicionales. Si su origen es externo, los pasajeros todavía podrán estar bajo el amparo de la normativa si el destino es un aeropuerto situado en el territorio comprendido en la ley y la aerolínea es europea.
  • En segundo lugar, los pasajeros deberán tener en cuenta la antelación con la que la aerolínea ha notificado las cancelaciones. Si es superior a un plazo de catorce días, la compañía no está obligada a indemnizarlos. Si el plazo es inferior, entonces dependerá de las condiciones, especialmente de la diferencia horaria, del vuelo alternativo que la aerolínea debería proporcionar.
  • En tercer lugar, y no por ello menos importante, los pasajeros deberán atender a la causa que provoque la cancelación del vuelo. Las aerolíneas solo deberán compensar económicamente a sus pasajeros afectados por un vuelo cancelado cuando la causa dependa de la propia compañía. No así cuando esta sea ajena al control de la aerolínea.

Así las cosas, en este caso, los vuelos cancelados cumplirían con los dos primeros requisitos del reglamento (origen en aeropuerto europeo y cancelación con poca antelación), pero, sin embargo, el incumplimiento del punto tercero impediría poder presentar una reclamación aérea.

Esto se debe a que la inestabilidad política, como es el caso que nos ocupa en Oriente Medio, se considera una de las causas conocidas como «circunstancias extraordinarias», que son causas consideradas de fuerza mayor, fuera del control de la aerolínea y que verdaderamente impiden realizar el vuelo con normalidad y seguridad.

En caso de duda, mejor asesorarse

Sin embargo, los casos y las excepciones son muchos y variados, por eso siempre es recomendable que los afectados por cualquier incidencia en un aeropuerto, especialmente relativa a cancelación y retraso de vuelos, denegación de embarque o incluso a la pérdida del equipaje, busquen asesoramiento experto como el que ofrece AirHelp para resolver sus dudas.

De esta forma, los pasajeros podrán asegurarse de si es posible presentar o no una reclamación por vuelo cancelado a la compañía o incluso informarse sobre otro tipo de derechos que también le amparan bajo la ley europea.

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