Política
Las elecciones en Valencina de la Concepción podrían acabar a cara o cruz
Después de que las elecciones municipales del pasado domingo se saldasen en Valencina de la Concepción con 1.580 votos y seis concejales para el PSOE y 1.578 votos y cinco concejales para el PP, además de un edil para Adelante y otro para Cs, y que la Junta Electoral de Zona (JEZ) haya validado dos votos del PP inicialmente anulados, lo que supone un empate a 1.580 sufragios, el PSOE ha anunciado que ha recurrido tal decisión de la JEZ.
Según el alcalde en funciones de Valencina y candidato a revalidar el cargo, Antonio Manuel Suárez, merced a la impugnación del PP, la JEZ ha considerado válidos «dos votos rotos dirigidos al Partido Popular que habían sido declarados nulos por unanimidad por las mesas electorales, una decisión que beneficia injustamente al PP y que perjudica gravemente al PSOE».
Declarados nulos
Antonio Suárez ha asegurado que los dos votos al PP «fueron declarados nulos por la totalidad de las mesas electorales, es decir, por el presidente y los vocales, porque la rotura de ambas papeletas, una de ellas de hasta diez centímetros, es previa a la extracción del sobre y eso nunca es admisible». Sin embargo, «a pesar de la contundencia del criterio de ambas mesas electorales, la Junta Electoral de Zona decidió desoír ese dictamen y determinar justo lo contrario: que las papeletas son válidas porque se rompieron de forma accidental», ha lamentado el candidato socialista.
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En esta decisión de la Junta Electoral de Zona «ha pesado mucho el hecho de que uno de los vocales se haya tomado la molestia de acudir a la notaría para efectuar un acta de manifestaciones alegando lo contrario de lo que firmó el día de las elecciones, es decir, que la papeleta se rompió al sacarla del sobre». «Resulta sorprendente no sólo que este vocal cambiara de opinión, sino que el acta notarial fuera aportada en la JEZ por la representante del Partido Popular», ha señalado Antonio Suárez.
El recurso del PSOE también argumenta que la actuación de la JEZ sobrepasa claramente las funciones que le son atribuidas en la LOREG, «porque no sólo se ha limitado a verificar el recuento y la suma de votos admitidos en las mesas electorales según las actas o a subsanar errores materiales, sino que ha revocado acuerdos adoptados por unanimidad por quienes componían las mesas en Valencina».
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