Semana Santa
Hasta 5.000 euros se pagan en Sevilla por un balcón para ver las procesiones
Con la llegada de la Semana Santa, muchos propietarios deciden alquilar balcones y terrazas situados en zonas céntricas de Sevilla para ofrecer una vista privilegiada de las procesiones. En la capital hispalense los balcones cuestan una media de 5000 euros, pudiendo llegar a alcanzar cifras más altas dependiendo de la ubicación y el día. Ante la práctica cada vez más extendida de alquilar el balcón durante la Semana Santa, el Colegio de Administradores de Fincas de Sevilla (CAF Sevilla) recuerda que este tipo de arrendamientos debe cumplir con las obligaciones fiscales y legales correspondientes.
“Entendemos que el alquiler de balcones durante la Semana Santa forma parte de una tradición muy arraigada en nuestra ciudad, pero no por ello debe dejarse al margen de la legalidad”, señala la presidenta del Colegio de Administradores de Fincas de Sevilla, Mariló García Bernal. “Es importante que los propietarios sean conscientes de que estos ingresos deben declararse correctamente, ya que, de lo contrario, pueden enfrentarse a sanciones económicas que fácilmente superan el beneficio obtenido”.
Las condiciones
El Colegio de Administradores de Fincas de Sevilla recuerda que, a la hora de alquilar un balcón para Semana Santa, es importante distinguir entre el arrendamiento puntual de este espacio concreto y el alquiler de la vivienda en su totalidad. En cualquiera de los casos, los ingresos obtenidos deben ser declarados en la Renta como rendimientos del capital inmobiliario, indicando la cantidad exacta percibida.
No declarar estos beneficios puede acarrear sanciones económicas considerables, que van desde el 50 % hasta el 150 % de la base de la sanción, según lo establecido en el artículo 191 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003). Además, en los casos de alquiler ocasional de balcones, puede surgir la duda sobre la obligación de aplicar el IVA, una cuestión que debe valorarse en función de la naturaleza del arrendamiento.
En el caso de que se opte por alquilar la vivienda completa, hay que tener en cuenta que debe contar con licencia turística y cumplir con la normativa que regula este tipo de alojamientos turísticos en nuestra comunidad.
Desde CAF Sevilla hacen un llamamiento a la responsabilidad de los propietarios y arrendadores para que regularicen este tipo de alquileres, y recuerdan que los Administradores de Fincas Colegiados están capacitados para asesorar legalmente sobre este tipo de prácticas, velando siempre por los intereses de las comunidades.
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